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Vivienda vacacional: vencen los plazos de inspección y nadie sabe quién cumplió
Cabildos y ayuntamientos tenían hasta junio y agosto de 2026 para aprobar sus planes de inspección de la vivienda vacacional. Qué dice la ley, qué se sabe de Fuerteventura y qué significa para los propietarios.

La Ley 6/2025 de vivienda vacacional no solo impone obligaciones a los propietarios. También fijó plazos a las administraciones para controlar que se cumpla. Esos plazos ya han vencido. La pregunta incómoda es si cabildos y ayuntamientos han hecho lo que la ley les exigía. Y, en el caso de Fuerteventura, no hay respuesta pública.
Los plazos que la ley impuso a las administraciones
La disposición adicional segunda de la Ley 6/2025 obligaba a:
| Administración | Qué debía aprobar | Fecha límite |
|---|---|---|
| Cabildos | Un plan de comprobación de todas las declaraciones responsables anteriores al 13 de diciembre de 2025 | 13 de junio de 2026 |
| Ayuntamientos | Un plan de comprobación e inspección de actividades clasificadas de todas las viviendas vacacionales | 13 de agosto de 2026 |
Ambos planes tienen una duración máxima de cuatro años. Los cabildos pueden cobrar tasas por la comprobación. Y si a una administración le faltan medios, la Ley 7/2026 le permite pedir ayuda al Cabildo o al Gobierno de Canarias.
Qué dice la prensa: «los ayuntamientos acechan»
A mediados de agosto, Canarias7 publicó que el plazo de los ayuntamientos había terminado el 13 de agosto y que, a falta de datos concretos de los 88 municipios, se entendía que todos habían culminado su plan. Es una estimación, no una confirmación municipio a municipio.
Ese mismo reportaje recoge algunos datos concretos:
- Ningún ayuntamiento había pedido a la Consejería de Turismo el modelo tipo para redactar el plan.
- La Candelaria aprobó el suyo en mayo de 2026.
- La Laguna completó el proceso: de 1.179 viviendas inscritas en el Registro General Turístico, casi el 93 % carece de comunicación previa de actividad clasificada y solo 86 habían tramitado el procedimiento.
Esa última cifra es la que más debería preocupar a un propietario: en un municipio, más de nueve de cada diez viviendas vacacionales no tenían resuelto el trámite que la ley ahora les exige.
El antecedente que lo explica todo
El problema no es nuevo. El Gobierno de Canarias sostuvo en noviembre de 2025 que la actividad clasificada era obligatoria desde el Decreto 113/2015, aunque en la práctica apenas se exigía. La nueva ley intenta corregirlo con planes de control y con una vía de regularización.
De ahí la polémica: ¿es justo reclamar ahora a los propietarios un trámite que durante años no exigió casi nadie, ni los propios ayuntamientos?
La controversia
Hay lecturas encontradas.
- El Gobierno de Canarias defiende que la obligación existía y que la nueva ley ofrece una vía de regularización, la comunicación previa hasta el 31 de julio de 2027.
- La asociación ASCAV, que representa a propietarios, rechaza esa comunicación previa y la considera imposible de cumplir. Según la propia asociación, la CNMC la califica de «carga innecesaria». Es una afirmación de ASCAV, no un pronunciamiento que hayamos podido comprobar.
- Las propias administraciones no han explicado públicamente cómo van a ejecutar los planes con los medios que tienen. La ley prevé convenios y encomiendas cuando faltan recursos, pero eso no garantiza que haya inspectores.
Qué se sabe de Fuerteventura
Poco, y conviene decirlo con claridad. No hemos encontrado ninguna confirmación pública de que el Cabildo de Fuerteventura o los ayuntamientos de la isla hayan aprobado ya su plan. Tampoco de que no lo hayan hecho. Si tienes información fiable, nos interesa.
Lo que sí hay son cifras sobre la oferta:
- El Registro General Turístico contaba en julio de 2026, según el director general de Ordenación Turística, 10.058 viviendas vacacionales en funcionamiento en Fuerteventura, con 41.244 plazas.
- El INE, según Canarias7 (agosto de 2026), cifraba la oferta en 7.116 viviendas y unas 30.000 plazas.
Las dos cifras proceden de fuentes distintas y no coinciden. Ambas son relevantes para entender la magnitud del trabajo de comprobación que tienen por delante.
Hay además una señal de que la inspección ya es real: la Policía Canaria inspecciona viviendas vacacionales en la isla, con requerimientos de documentación con plazos muy cortos.
¿Cambia esto algo para el propietario?
Sí, en lo práctico, y en sentido contrario al que algunos podrían pensar.
- El plazo de los propietarios no ha cambiado. Si tienes declaración responsable pero no presentaste la comunicación previa, tu fecha límite es el 31 de julio de 2027.
- Que la administración incumpla sus plazos no te exime a ti. La obligación del propietario existe con independencia de que el ayuntamiento haya aprobado su plan.
- Los planes ya tienen cuatro años para ejecutarse. Los inspectores pueden llamar a tu puerta en cualquier momento de ese periodo.
- Una vivienda sin papeles es una vivienda expuesta. Ante una inspección, lo que se pide es documentación.
Qué hacer ahora
- Comprueba si presentaste la comunicación previa de actividad clasificada.
- Si no lo hiciste, prepara el certificado municipal y la memoria técnica con tiempo (lo explicamos paso a paso).
- Ten a mano la documentación de la vivienda por si recibes un requerimiento.
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