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Comunicación previa de vivienda vacacional: guía paso a paso

Si tu vivienda vacacional tiene declaración responsable pero no presentaste la comunicación previa de actividad clasificada, tienes hasta el 31 de julio de 2027. Quién debe hacerlo, qué documentos pedir y qué pasa si no llegas.

Si eres propietario de una vivienda vacacional en Canarias, hay una fecha que debes tener marcada: el 31 de julio de 2027. Es el último día para presentar la comunicación previa de actividad clasificada si tu vivienda tiene declaración responsable pero nunca la presentaste. Esta guía explica qué es, quién tiene que hacerla, qué documentos necesitas y en qué orden conviene moverse.

Qué es la comunicación previa de actividad clasificada

El uso turístico de una vivienda es una actividad clasificada según la Ley 7/2011 de Canarias. Dicho de forma sencilla: el ayuntamiento debe saber que en ese inmueble se desarrolla una actividad turística y comprobar que cumple la normativa de seguridad, salubridad, accesibilidad y habitabilidad.

Muchas viviendas vacacionales presentaron en su día la declaración responsable ante el Cabildo, pero no hicieron este trámite ante el ayuntamiento. La Ley 7/2026, de 31 de julio, que reforma la Ley 6/2025 de vivienda vacacional, abrió una vía para regularizarlas: la disposición transitoria décima.

¿Quién debe presentarla?

La debe presentar quien cumpla estas dos condiciones:

  • Presentó la declaración responsable de la vivienda vacacional antes de que entrara en vigor la Ley 6/2025 (antes del 13 de diciembre de 2025).
  • No presentó la comunicación previa de actividad clasificada ante el ayuntamiento.

No tiene que hacerla quien ya la presentó antes de la entrada en vigor de la reforma.

Una cuestión de interpretación. La disposición se inserta en la Ley 6/2025, así que «la presente ley» se entiende referida a ella y la declaración responsable tendría que estar presentada antes del 13 de diciembre de 2025. Algún despacho lo lee de otra forma. Lo que no admite discusión es la fecha límite: 31 de julio de 2027.

Qué documentos hay que presentar

La ley fija una documentación mínima de dos piezas.

1. Certificado municipal

Un certificado del ayuntamiento que acredite que la vivienda se edificó conforme a la normativa urbanística y cuenta con las licencias exigibles.

Si no puedes obtenerlo, hay alternativas. Puedes acreditar que:

  • la vivienda está en situación de fuera de ordenación, porque ya han prescrito las acciones para restablecer la legalidad urbanística (artículos 361 y 362 de la Ley 4/2017 del Suelo), o
  • el uso turístico está consolidado.

Sirve cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

2. Memoria técnica firmada por técnico competente

Es el documento que acredita que la vivienda cumple la normativa de actividades clasificadas. Debe incluir:

  • descripción gráfica de la vivienda;
  • planos del estado actual: plantas, alzado y secciones;
  • fotografías de la fachada y del interior.

Esta memoria es la parte técnica del trámite y es lo que redactamos en FuerteProyecto.

Cómo hacerlo paso a paso

  1. Comprueba si ya presentaste la comunicación previa. Busca el justificante. Si lo tienes, no tienes que hacer nada más.
  2. Solicita el certificado municipal en tu ayuntamiento. Es la parte que más puede tardar, así que conviene pedirlo cuanto antes. Si el ayuntamiento no puede emitirlo, estudia con un técnico cuál de las alternativas aplica a tu caso.
  3. Encarga la memoria técnica a un técnico competente. Hace falta una visita a la vivienda para medirla y fotografiarla.
  4. Presenta la comunicación previa con ambos documentos ante tu ayuntamiento. Consulta en el ayuntamiento cómo se presenta.
  5. Guarda el justificante. Es la prueba de que cumpliste el plazo.

Qué pasa si no se presenta a tiempo

La consecuencia es seria: si no presentas la comunicación previa antes del 31 de julio de 2027, la ley prevé el cese inmediato de la actividad y la extinción automática del título.

Y seguir alquilando cuando el título se ha extinguido tiene un coste: la Ley 4/2017 lo tipifica como infracción urbanística grave, con multa de 15.000 a 150.000 euros.

Qué te da presentarla

Presentar la comunicación previa te permite acogerte al régimen transitorio de la ley. Según tu situación, eso significa:

  • el uso turístico consolidado, sin límite temporal, si eres a la vez propietario y titular de la declaración responsable (lo explicamos en nuestra guía del uso consolidado); o
  • el régimen transitorio de 5 años, hasta el 13 de diciembre de 2030, ampliable una vez, si no cumples esa doble condición.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la memoria técnica? Sí. La ley exige una memoria firmada por técnico competente como parte de la documentación mínima.

¿Hace falta visado colegial? No. El visado del colegio profesional no es obligatorio para este tipo de memoria.

¿Puedo esperar a 2027? Legalmente puedes presentarla hasta el último día. En la práctica, el certificado municipal depende del ayuntamiento y la memoria necesita una visita, así que todo lo que sea dejarlo para el final aumenta el riesgo de no llegar.

¿Esto sustituye a la declaración responsable? No. La declaración responsable sigue siendo el título que te habilita ante el Cabildo. La comunicación previa es el trámite de actividad clasificada que se presenta ante el ayuntamiento.


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