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Actividades Clasificadas: La Obligación que Nunca te Pidieron... Hasta Ahora

El Gobierno de Canarias sostiene que la actividad clasificada es obligatoria desde 2015, aunque durante años casi nadie la exigió. La Ley 7/2026 abre por fin una vía de regularización: comunicación previa con memoria técnica antes del 31 de julio de 2027.

Actualización (17 de octubre de 2026). Cuando publicamos este artículo, la regularización que se reclamaba todavía no existía. Ahora sí: la Ley 7/2026, en vigor desde el 15 de agosto de 2026, da de plazo hasta el 31 de julio de 2027 para presentar la comunicación previa de actividad clasificada. Lo explicamos al final.

La «aclaración» del Gobierno de Canarias

El 18 de noviembre de 2025, la Consejería de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias publicó una nota. Según ella, la obligación de cumplir con la normativa de actividades clasificadas no es nueva: viene del Decreto 113/2015.

El Decreto 113/2015 ya exigía que las viviendas vacacionales cumplieran las normas sectoriales, «y en general, la de actividades clasificadas». Para el Gobierno, eso significa que el trámite ante el ayuntamiento debía hacerse antes de presentar la declaración responsable en el Cabildo.

La Ley 6/2025, en vigor desde el 13 de diciembre de 2025, lo dice ya sin rodeos en su artículo 6: el uso turístico de viviendas es una actividad clasificada y se le aplica la Ley 7/2011 de actividades clasificadas.

El problema: nadie te lo pidió

Muchos propietarios se hacen la misma pregunta:

Si era obligatorio desde 2015, ¿por qué durante 10 años casi ningún ayuntamiento lo exigió?

En la práctica:

  • muchos ayuntamientos no informaban de este requisito;
  • los Cabildos inscribían declaraciones responsables sin él;
  • miles de viviendas vacacionales llevan años funcionando así.

Qué decía el Gobierno sobre las declaraciones sin actividad clasificada

La nota del Gobierno era clara, y preocupante:

"Si se hubiese presentado anteriormente una declaración responsable al amparo del Decreto 113/2015 sin haber cumplimentado previamente el trámite preceptivo de actividades clasificadas, esa declaración responsable... incurriría en una de las causas previstas en el artículo 69 de la Ley 39/2015 y ello determinaría la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada."

En otras palabras: sin actividad clasificada, tu declaración responsable podía considerarse inválida. La Ley 6/2025 lo refuerza: la documentación de actividades clasificadas es un dato esencial de la declaración responsable, y una omisión esencial impide continuar con la actividad.

En noviembre de 2025, además, la vía para regularizarse no existía. El propio Gobierno reconocía que una enmienda para dar 12 meses de regularización "no pudo ser ni tan siquiera sometida a votación".

Lo que ha cambiado: la regularización ya existe

La Ley 7/2026, de 31 de julio, añadió a la Ley 6/2025 una disposición transitoria décima:

  • A quién afecta: a quien presentó la declaración responsable antes de la entrada en vigor de la ley, pero no la comunicación previa de actividades clasificadas ante el ayuntamiento.
  • Plazo: puede presentarla antes del 31 de julio de 2027.
  • Documentación mínima:
    • Certificado municipal de que la vivienda se construyó conforme a la normativa urbanística y tiene sus licencias. En su lugar, se puede acreditar que está en situación de fuera de ordenación o que su uso turístico está consolidado.
    • Memoria técnica firmada por técnico competente: planos del estado actual (plantas, alzado y secciones) y fotografías de fachada e interior. Debe justificar el cumplimiento de la normativa de actividades clasificadas.
  • Consecuencia: presentarla te permite acogerte al régimen transitorio de la ley.

Si no la presentas antes del 31 de julio de 2027, tendrás que cesar en la actividad de inmediato y tu declaración responsable se extinguirá automáticamente.

Mientras tanto, los controles avanzan:

  • Los Cabildos y los ayuntamientos están obligados por la Ley 6/2025 a aplicar planes de comprobación de todas las viviendas vacacionales existentes.
  • En Fuerteventura, la Policía Canaria ya está inspeccionando viviendas.

Qué puedes hacer ahora

  1. Comprueba en tu ayuntamiento si en su día presentaste la comunicación previa de actividad clasificada.
  2. Si no la presentaste, pide el certificado municipal sobre la situación urbanística de la vivienda.
  3. Encarga la memoria técnica. Cuanto antes la tengas, antes podrás presentarla, y los ayuntamientos se colapsarán cerca de la fecha límite.
  4. Presenta la comunicación previa antes del 31 de julio de 2027.

Te ayudamos

En FuerteProyecto preparamos la memoria técnica de actividad clasificada firmada por técnico competente y te orientamos con el resto de la documentación para el ayuntamiento.